Mediante Decreto Supremo N°010-2022-VIVIENDA, publicado el 16 de setiembre de 2022, se ha dispuesto modificar el Decreto Supremos N°004-2012-VIVIENDA, en los siguientes términos:
- Agregar el objetivo específico:
“Contribuir con el cierre de brechas de movilidad urbana y espacios públicos en el ámbito de intervención del programa”.
- Ampliar el ámbito de aplicación:
“Excepcionalmente, se puede intervenir en los centros poblados de la categoría ‘Pueblo’ del Sistema Nacional de Centros Poblados o el que haga sus veces, conforme a la normativa vigente, siempre y cuando estos cuenten con las siguientes características urbanas: a) Consolidación urbana, viviendas ubicadas en forma contigua y continuada, formando calles y una plaza céntrica; b) Existencia de operatividad de red de saneamiento básico; c) Vías locales que conecten equipamientos urbanos; d) Acreditar titularidad en caso de intervención en equipamientos urbanos”
- Agregar la siguiente función general:
“En el marco de sus competencias, las funciones generales de Programa son las siguientes: 7) En coordinación con los Gobiernos Locales, impulsar el fortalecimiento de capacidades y promover la participación de la población beneficiaria durante la gestión de los proyectos de inversión de infraestructura vial y equipamiento urbano”
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